Micelio
Auto27 de abril de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Esmeralda Franco Orrego

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la Sentencia C-101/13.

La peticionaria argumentó que el concurso público adelantado por la Procuraduría General de la Nación no cubrió todas las vacantes y que, mediante Decreto 1851 de 2021, se amplió la planta de personal de la entidad.

La Salas Plena de la Corporación decidió RECHAZAR por improcedente la presente pretensión, ya que le resultó claro que versa sobre una providencia dictada en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad, y de la cual se pudo constar que la obligación específica para la autoridad se cumplió en su totalidad.

Lo anterior, por cuanto la entidad convocó a concurso de méritos para proveer la totalidad de los cargos de procurador judicial, lo cual correspondía a lo que la Corporación ordenó en el aludido fallo.

Para lo de su competencia se ordenó enviar copia del presente proveído y de la petición mencionada a la Procuradora General de la Nación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (23 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de cumplimiento de la sentencia C-101 de 2013 presentada por la ciudadana Esmeralda Franco Orrego.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR copia de esta providencia y de la petición formulada por la ciudadana Esmeralda Franco Orrego a la procuradora general de la Nación, para lo de su competencia.
  3. Tercero. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a la ciudadana, ADVIRTIENDO que contra esta no procede recurso alguno.
  4. Comuníquese y cúmplase.
  5. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  6. Presidenta
  7. NATALIA ANGEL CABO
  8. Magistrada
  9. DIANA FAJARDO RIVERA
  10. Magistrada
  11. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  12. Magistrado
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  18. Magistrada
  19. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  20. Magistrada
  21. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  22. Magistrado
  23. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.